martes, 27 de agosto de 2024

¿Para qué necesitamos diaconisas, si ya las tenemos?


Hace un tiempo recibí por whatsapp esta imagen y, más que perpleja, me quedé estupefacta, escandalizada. Una mujer con una especie de alba recibiendo un cáliz de manos del obispo de Urgell, durante la recepción de los ministerios de lector y acólito de 13 laicos, varones y mujeres, en la Catedral de la Seu, el pasado 14 de abril.

Solicité a la persona que me envió la foto más información sobre la noticia, y me hizo llegar el enlace que publicó el obispado en su propia web. En la noticia se hace referencia a la carta apostólica del Papa Francisco en forma de Motu Proprio “Spiritus Domini”, del día 11 de enero de 2021, en que modificó el Código de Derecho Canónico de modo que hombres y mujeres “pueden ser llamados para el ministerio estable de lector y acólito, mediante el rito litúrgico prescrito”. Son ministerios laicales estables, al servicio de la comunidad e instituidos por el obispo diocesano, mediante el rito litúrgico propio. Me dispuse entonces a leer la citada carta apostólica de 2021 y comentarios autorizados sobre ella, puesto que en su momento no le había prestado la menor atención.

Pues bien, resulta que este motu proprio “Spiritus Domini”, por el que el papa Francisco modificó el canon 230 § 1 del Código de Derecho Canónico permitiendo el acceso de mujeres a los ministerios de lectoras y acólitas, suscitó en su momento un gran clamor mediático, porque parecía abrir la puerta al sacerdocio femenino, como explica aquí de manera inmejorable el historiador Roberto de Mattei. Afirmaba de Mattei en este artículo que “esa puerta sigue cerrada, pero el documento del Papa contribuye indudablemente a seguir devaluando el sacerdocio, y ratifica con ello una práctica extendida, la del servicio de las mujeres ante el altar, como sucede con las lectoras y las ministras extraordinarias de la Eucaristía”. De Mattei continúa aportando información que sólo produce desasosiego, pero que es fundamental para comprender la situación, al considerar que, “para entender esta degradación de la liturgia de la Iglesia es necesario subrayar que las mayores responsabilidades en este proceso hay que atribuirlas a Pablo VI y al Concilio Vaticano II; Francisco no ha hecho otra cosa que aclarar algunos principios”.

Vamos a resumir en forma de concisa lista los argumentos del Dr. de Mattei. Aunque no estén entrecomilladas, las palabras están extraídas en muchos casos literalmente del texto citado:

·        Según la Tradición de la Iglesia, en el Sacramento del Orden existen varios grados. Entre las órdenes sagradas mayores se distinguen el episcopado, el sacerdocio y el diaconado, y entre las menores se cuentan el ostiarado, el lectorado, el exorcistado y el acolitado. Existe también el subdiaconado, que en la Iglesia bizantina se cuenta entre las órdenes menores, mientras que en la latina es tradicional incluirla en las mayores.

·        El 15 de agosto de 1972 el papa Pablo VI transformó mediante el motu proprio Ministeria quaedam las órdenes sagradas en ministerios, haciéndolos parcialmente accesibles a los laicos según el principio del sacerdocio común de los fieles del Concilio Vaticano II. Redujo esos ministerios a dos: el lectorado y el acolitado, a los que atribuyó todas las funciones reservadas al subdiaconado. Interrumpió asimismo la relación de concatenación que vinculaba las órdenes menores al sacerdocio, y decretó que los ministerios de lector y de acólito estarían orientados pero no ordenados al sacerdocio como seguía estándolo el diaconado. Por esa misma razón suprimió la primera tonsura (con la cual se accedía al estado clerical).

·        El principio rector de la reforma de Pablo VI se encuentra en un documento del Concilio, la Sacrosanctum Concilium. Esta constitución conciliar basa en su nº21 la reforma litúrgica en la «participación plena y activa de todos los fieles» del pueblo cristiano, y en el nº14 profesa el mismo principio, si bien lo relaciona con el sacerdocio común de los fieles, el cual deriva del Bautismo y evidentemente no tiene nada que ver con el sacerdocio propiamente dicho. La expresión es empleada con ambigüedad por el Concilio y por Pablo VI, que con todo no atribuyó a la mujer en el motu propio Ministeria quaedam la posibilidad de acceder al lectorado y al acolitado. La presencia de mujeres en el presbiterio en los últimos treinta años ha tenido lugar incumpliendo la ley. Pero ahora el papa Francisco con su motu proprio Spiritus Domini lo permite de modo oficial.

·        En una carta adjunta al motu proprio y dirigida al Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, cardenal Luis Ladaria, explica Francisco que «estos ministerios laicos, al estar basados en el sacramento del Bautismo, pueden ser confiados a todos los fieles idóneos, sean de sexo masculino o femenino, según lo que ya está previsto implícitamente en el canon 230». El papa Francisco es coherente: si nuestro referente es el documento de Pablo VI según el cual los ministerios laicos son meras funciones que cualquier bautizado puede ejercer en nombre del principio del sacerdocio común de los fieles, no se entiende por qué van a estar excluidas las mujeres. En cambio, si nuestro referente es la Tradición inmemorial de la Iglesia, ésta no sólo excluye el sacerdocio femenino, sino también el propio principio del sacerdocio común.

·        En resumidas cuentas, el documento del papa Francisco no hace otra cosa que llevar a sus consecuencias el principio que estableció Pablo VI y que quedó asentado en la práctica con sus sucesores Juan Pablo II y Benedicto XVI.

El 30 de mayo de 2018 la Congregación para la Doctrina de la Fe reiteró que el sacerdocio reservado a los hombres es doctrina definitiva e irreformable de la Iglesia, como ya había afirmado Juan Pablo II en la carta apostólica Ordinatio sacerdotalis de 1994. El papa Francisco también reitera en la carta al cardenal Ladaria que la Iglesia no está facultada en modo alguno para conferir el orden sacerdotal a las mujeres. “La Iglesia tampoco está facultada para conferir a las mujeres el diaconado, y sin embargo eso no lo ha dicho”, afirma de Mattei.

Con todo esto, podemos ver cómo, igual que Francisco, el obispo de Urgell ha sido “coherente” con la argumentación del Concilio Vaticano II. En la noticia que citábamos al principio se explica cómo “en la Diócesis de Urgell, desde febrero de 2023, un grupo de 13 laicos y consagrados, llamados por el sr. Arzobispo con sus respectivos párrocos, empezaron una formación mensual, para recibir estos ministerios de lector y acólito. Estos animadores pastorales, a modo de un equipo, se han preparado en el Arte de la celebración y fidelidad a Dios y a la Iglesia en su animación litúrgica y pastoral (…). Y el día 14 de abril de 2024 en la Santa Iglesia Catedral de La Seu d’Urgell, el Arzobispo de Urgell Mons. Joan-Enric Vives, instituyó a estos 13 candidatos en el lectorado y el acolitado, a través del rito litúrgico prescrito, en una celebración que llenó de gozo toda la Diócesis de Urgell y especialmente a las Parroquias de origen de los candidatos y a sus familias. Son 8 mujeres y 5 varones”.

Pues qué desazón, qué quieren que les diga. Y lo peor es que no es un caso único en esta diócesis ni en esta comunidad autónoma, sino que, gracias a los enriquecedores comentarios de los lectores de anteriores entradas (en multitud de ocasiones, mucho más interesantes que el propio texto y totalmente complementarios para enriquecer el contenido) se puede ver cómo por todas las diócesis de España los obispos están instituyendo a estos “agentes de pastoral” para que estén al cuidado de parroquias y de ceremonias de exequias en tanatorios, en ambientes no sólo rurales sino también de grandes urbes, como es el caso del arzobispado de Barcelona.

Disminuyen sin cesar las vocaciones al sacerdocio en los seminarios diocesanos; al mismo tiempo, los obispos y la alta jerarquía eclesial marginan y persiguen a sacerdotes ortodoxos y a sacerdotes de corte tradicional. Y en paralelo se instituye a personas laicas, muchas de ellas mujeres, a hacerse cargo de las parroquias. De forma permanente, no puntual, excepcional. Lo comentamos en otra ocasión: de esta manera, por iniciativa de los mismos obispos, los fieles no cumplen el precepto de oír Misa, pero sí comulgan; cuando el precepto no es comulgar, sino oír la Misa, aun sin comulgar, si no se está en gracia de Dios. Y ¿cómo se va a estar si no hay confesiones en la parroquia? ¿Y cómo va a haber confesiones si no hay sacerdotes? Lo que está ocurriendo en la Iglesia tiene un nombre claro y dramático, como explica el P. Calvo Zarraute: protestantización.

Publicado originalmente en InfoVaticana el 11 mayo 2024

No hay comentarios:

Publicar un comentario